Servicios financieros: la guía completa

Los servicios financieros son aquellos que permiten al ahorrador o al inversor acceder a los mercados.

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En general, los servicios financieros solo pueden ser ofrecidos por entidades autorizadas, dada la importancia que el regulador da a la protección del ahorro.

Las entidades reguladas que pueden prestar servicios financieros son las siguientes:

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  • Empresas de intermediación inmobiliaria (SIM).
  • Sociedades de gestión de activos (SGR).
  • Bancos y sociedades de inversión de los Estados miembros de la Comunidad Europea que hayan obtenido la autorización de las autoridades de su país.

A continuación, se enumeran las actividades supervisadas que pueden realizar los intermediarios financieros.

SERVICIOS FINANCIEROS
Servicios financieros

Asesoramiento en materia de inversiones

Un asesor es una figura profesional que envía recomendaciones de inversión personalizadas a un inversor concreto después de analizar el apetito de riesgo y las necesidades de inversión del cliente.

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Todo asesoramiento en materia de inversión debe ser personalizado en función de las características, los objetivos y la propensión al riesgo del cliente.

El asesor que brinde servicios financieros, indica cuándo es necesario comprar o vender instrumentos financieros y cuándo realizar (o no) operaciones de cartera o reequilibrios.

Las recomendaciones del asesor pueden centrarse en toda una cartera de activos, con una estrategia acordada con el cliente, o en instrumentos financieros individuales.

En el caso de determinados instrumentos financieros complejos, como los productos derivados o estructurados, el asesor está obligado a presentar al cliente un documento en el que se explique el funcionamiento del instrumento, los riesgos que conlleva y los costes que implica.

El asesor de servicios financieros también está obligado a informar al cliente si existe algún conflicto de intereses: de hecho, el asesor puede tener una conexión o intereses especiales con la empresa emisora del instrumento financiero que pretende asesorar.

A menudo ocurre que la persona que proporciona las recomendaciones (el asesor) es a su vez el emisor del producto financiero propuesto, o puede recibir comisiones (también llamadas retrocesiones o incentivos) de la empresa que comercializa los instrumentos de inversión.

En estos casos, el asesor en servicios financieros está obligado a ser completamente transparente y a revelar al cliente cualquier conflicto de intereses, justificando su asesoramiento en relación con las operaciones con los instrumentos financieros elegidos.

Gestión de la cartera

También conocida como gestión de patrimonios, gestión de activos o banca privada, la actividad de gestión de carteras consiste en la gestión e inversión del patrimonio de un tercero (el cliente) por parte de un gestor de activos.

Sobre la base de los objetivos de inversión, el horizonte temporal y la propensión al riesgo acordados con el cliente, el gestor invierte los activos del ahorrador de forma discrecional y de acuerdo con las directrices e indicaciones contenidas en el contrato, conocido como mandato de gestión.

Antes de iniciar su actividad, el gestor de servicios financieros está obligado a cerciorarse de que el cliente ha comprendido plenamente los riesgos que conlleva la inversión y que son aceptables y tolerables para él (evaluación de la idoneidad y la conveniencia).

El intermediario está obligado a informar constante y periódicamente al cliente sobre

  • Rendimiento de la cartera en términos porcentuales.
  • Instrumentos financieros insertados o eliminados en la cartera.
  • Alcance del riesgo y qué actividades realiza el intermediario.
  • Periodicidad y criterios utilizados por el gestor para reevaluar la composición de los instrumentos de la cartera.
  • Uso de la palanca.

Al menos cada seis meses, el gestor de servicios financieros debe enviar al cliente un estado de la cartera (al menos una vez al mes en el caso de que se utilice el apalancamiento en la estrategia de inversión).

La declaración contiene la siguiente información

  • Saldo de la cartera.
  • Lista de instrumentos en la cartera.
  • Rendimiento durante el periodo de referencia.
  • Detalle de los costes incurridos por el cliente.
  • Detalles de todas las transacciones realizadas durante el periodo.
  • Los derechos derivados de los valores presentes, como la posibilidad de participar en las juntas de accionistas.
  • El valor de los intereses y dividendos a los que puede tener derecho el cliente.

Después de planificar la cartera, basándose en la información sobre el cliente, el gestor podrá dar órdenes en nombre y por cuenta del cliente inversor, de acuerdo con el mandato de gestión que se le haya dado.

Ejecución de órdenes

También conocida como Execution Only, es la actividad por la que un intermediario financiero recibe órdenes de inversión o desinversión del cliente inversor para su ejecución.

Un servicio de solo ejecución se produce si el cliente no recibe otros servicios del mismo intermediario, como el asesoramiento o la gestión de inversiones.

Un ejemplo de Servicios financieros podría ser el servicio prestado por un corredor a un operador independiente, que elige libremente y de forma independiente sus inversiones y da órdenes de ejecución al corredor a través de una plataforma de negociación.

El corredor puede ejecutar las órdenes directamente o retransmitirlas a un tercer intermediario, llamado en este caso Proveedor de Liquidez.

Todo intermediario que ofrezca sus servicios a inversores privados (también llamados minoristas) tiene la obligación de utilizar su experiencia, conocimientos y habilidades para garantizar el mejor resultado posible (precio) para el cliente.

Este principio se denomina «mejor ejecución» y está consagrado en la legislación europea.

SERVICIOS FINANCIEROS
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Suscripción y colocación

Ambos términos identifican los métodos por los que un instrumento financiero se pone a disposición del ahorrador.

La suscripción se produce cuando el producto financiero se ofrece al mercado por primera vez. Se trata, por tanto, de una nueva emisión y se denomina mercado primario.

Por el contrario, la colocación se produce cuando el valor ya está en el mercado y es vendido posteriormente por un inversor a otro, a menudo dentro del «libro» de una bolsa regulada.

La colocación o la suscripción

Pueden tener lugar de forma pública, si se dirigen a todos los ahorradores, o de forma privada, cuando se destinan únicamente a una selección de clientes como bancos, compañías de seguros u otros inversores institucionales.

Los bancos y corredores de bolsa

Actúan como intermediarios, encontrando clientes ahorradores para comprar los productos financieros emitidos por el emisor (o estructurador) del producto. Por ejemplo, el banco que ofrece al cliente la suscripción o colocación de un fondo de inversión.

Servicios financieros: Resumen

Los servicios financieros se definen como los siguientes servicios y actividades, cuando están relacionados con instrumentos financieros:

La negociación por cuenta propia

Es decir, la actividad de compra y venta de instrumentos financieros, sobre una base de contrapartida directa y en relación con las órdenes de los clientes, así como la actividad de creador de mercado, destinada a obtener una diferencia entre los precios de compra y de venta.

La ejecución de órdenes por cuenta de clientes

Es decir, la actividad de compra y venta de instrumentos financieros en la que el cliente paga al corredor una comisión por el servicio recibido.

La gestión de carteras

Es decir, la actividad de gestión de los activos confiados por los clientes particulares al intermediario, invirtiéndolos en instrumentos financieros

La recepción y transmisión de órdenes

Que incluye la actividad de mera recepción y transmisión al concesionario de las órdenes recibidas del cliente, así como la actividad de mera mediación entre dos o más inversores, haciendo posible la conclusión de una transacción entre ellos

Los instrumentos financieros

Son los valores mobiliarios (acciones, obligaciones y otros títulos de crédito), los instrumentos del mercado monetario, las participaciones de un organismo de inversión colectiva, así como los «instrumentos financieros derivados» cuyo valor se deriva del de los elementos subyacentes (por ejemplo, el valor de una opción está vinculado al de la acción subyacente).

 

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